Reglamento General Deportivo de la Federación Canaria de Fútbol.
Capítulo VIII: De los delegados.
Artículo 152.- El club titular del terreno de juego deberá designar para cada partido un delegado de campo, a quien corresponderán las obligaciones siguientes:
Nuestro juvenil después de un año en él que se consiguió el ascenso en el minuto 88 de último partido, volvió en la temporada 2015/2016 a lograr el objetivo, es este caso la permanencia, en el minuto 85 del último partido.
El último partido de la 1ª vuelta nos tocó jugar contra el U.D. San Nicolás y junto al equipo se trasladaron algunos familiares y amigos, lo que hizo que disfrutáramos de un día en familia, el resultado final no acompañó lo que hizo que termináramos la primera vuelta a 8 puntos de la salvación y a 10 puntos de la misma U.D. San Nicolás.